Glosario
Definiciones
Cooperación delegada
Definición
Modalidad de cooperación en la cual uno o varios donantes (denominados donantes silenciosos) encomiendan a otro (donante líder) para que actúe en su nombre (establecer diálogos, conducir acuerdos, administrar los fondos, etc.). Los donantes silenciosos renuncian a mantener relaciones bilaterales con el país receptor en los temas en los que se haya acordado la delegación, aportando los fondos según lo previsto. Las funciones pueden limitarse a una etapa concreta de un proyecto o comprender programas completos.
Valoración
Al resultar de un acuerdo entre dos o varios donantes en el que se reparten los roles en función, generalmente, de las ventajas comparativas de cada uno, la cooperación delegada se relaciona directamente con la armonización, división del trabajo y complementariedad. Además, el establecimiento de este tipo de alianzas presupone que los donantes comparten una misma visión sobre las cuestiones que se delegan, definiendo prioridades comunes, aumentando la concentración de la ayuda y el alineamiento, y reduciendo los costes de transacción.
Ejemplos: Las principales actuaciones de cooperación delegada en que participa España tienen lugar en el marco europeo; son intervenciones en que la Comisión Europea, con fondos consignados por todos los estados miembros al presupuesto comunitario, encomienda a la AECID su liderazgo (ejemplo: construcción de una red de saneamiento en un país latinoamericano). No podemos hacer seguimiento de este tipo de intervenciones a través de los Volcados de Seguimiento del MAEC, ya que las contribuciones de España al presupuesto de la UE como una única intervención anual.
Referencias
Esther Palacio Blasco, Fundación Carolina; 2008. Cooperación delegada: algunas experiencias prácticas.
Términos asociados
armonización, complementariedad, división del trabajo
Equivalencia en inglés
delegated cooperation